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title: "AFIP extendió el plazo de recategorización del monotributo"
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description: "La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el día 27 de enero de 2023, inclusive, el plazo establecido para realizar la recategorización del Monotributo correspondiente al semestre julio/diciembre de 2022"
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tags:
  - "AFIP"
  - "Monotributo"
author_name: "Redacción El Día de Higueras"
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category_description: "Noticias de Argentina sobre actualidad política economía covid sociedad sucesos"
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# AFIP extendió el plazo de recategorización del monotributo

![AFIP](/download/multimedia.normal.a451fa7032605299.414649505f6e6f726d616c2e77656270.webp)

*AFIP extendió hasta el 27 de enero inclusive los plazos de recategorización del Monotributo*

*Desde el organismo conducido por Carlos Castagneto explicaron que “razones de administración tributaria aconsejan extender el plazo establecido para efectuar la recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2022″, con lo cual esta madrugada se oficializó la prórroga del trámite por una semana más.*

***Este viernes en el Boletín Oficial se publicó la Resolución General 5318/2023, mediante la que el organismo******recaudador extendió hasta el día 27 de enero de 2023, inclusive, el plazo establecido para “cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2022″.***

Fue a través de un comunicado que la AFIP recordó que desde el 1 de enero comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.

***¿En qué casos se debe recategorizar?***

Para saber si debemos o no que recategorizar, hay que tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica. Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

En tanto que aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización, aclaró el organismo.

***El Paso a Paso***

Para comenzar el trámite se debe ingresar con **CUIT y clave fiscal** en [monotributo.afip.gob.ar](http://monotributo.afip.gob.ar)para luego revisar los datos de la categoría y la tabla de escalas vigente, además de completar el monto de facturación y la información del lugar, y finalmente confirmar la categoría.

A través del portal Monotributo, pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota y el monto a abonar, que podrá realizarse desde un volante electrónico de pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.

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