La Provincia declaró la emergencia agropecuaria para productores hortícolas afectados por el granizo
El Gobierno de Córdoba declaró la emergencia y/o desastre agropecuario para los productores hortícolas del Cinturón Verde afectados por las tormentas de granizo registradas durante septiembre y octubre.
La medida fue establecida mediante la Resolución N.º 451 del Ministerio de Bioagroindustria, publicada este viernes en el Boletín Oficial, y tendrá vigencia desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027.
La declaración comprende exclusivamente a las explotaciones hortícolas ubicadas en las zonas relevadas como afectadas, delimitadas mediante polígonos georreferenciados. Entre los sectores alcanzados se encuentran áreas de Malvinas Argentinas, Mi Granja, Montecristo, Capilla de los Remedios, Río Primero, Bower y Río Segundo.
La decisión se tomó a partir de los informes técnicos que evaluaron los daños ocasionados por las tormentas severas y de la recomendación de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.
Plazos y beneficios
Los productores comprendidos en la declaración podrán acceder a prórrogas y exenciones en el Impuesto Inmobiliario Rural y en el aporte al Fondo de Desarrollo Agropecuario (FDA). Los beneficios dependerán del porcentaje de afectación de cada explotación.
Según la normativa provincial, se considera en situación de emergencia a quienes registren pérdidas de al menos el 50% de su producción, mientras que la categoría de desastre corresponde a quienes alcancen el 70% o más.
El plazo para presentar las declaraciones juradas se extenderá hasta el viernes 20 de noviembre de 2026. El trámite deberá realizarse a través de la plataforma Ciudadano Digital (CiDi) del Gobierno de Córdoba.
La Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales confeccionará un registro de los productores afectados. Además, quienes estén comprendidos en la medida podrán adherir al Programa para Mitigar Efectos Adversos en el Marco de la Emergencia y/o Desastre Agropecuario, creado mediante la Resolución Ministerial N.º 01/2026.
Los beneficiarios también deberán cumplir con los requisitos que establezca la Dirección General de Rentas para acceder a los beneficios correspondientes.