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Subsidios energéticos: ponen en marcha un período de transición para implementar un nuevo régimen tarifario

Mediante el Decreto 465/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno puso en marcha un “Período de Transición” para implementar un nuevo régimen tarifario, con el objetivo de reducir gradualmente los subsidios en las boletas de luz y gas. El proceso se extenderá por seis meses y podrá ser ampliado por única vez.

28/05/2024 Redacción El Día de Higueras Redacción El Día de Higueras

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El proceso se extenderá por seis meses y podrá ser ampliado por única vez.

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Esta medida busca contribuir al paso de un esquema de subsidios generalizados hacia otro de subsidios focalizados para propiciar la puesta en funcionamiento de la Canasta Básica Energética (CBE).

Los objetivos del nuevo esquema son: trasladar a los usuarios los costos reales de la energía; promover la eficiencia energética; y asegurar a los usuarios residenciales vulnerables, el acceso al consumo indispensable de energía eléctrica, gas por redes y gas envasado.

¿Qué argumenta el Documento oficial?

Expresa que  “los regímenes de subsidios generalizados no distinguen entre usuarios residenciales y comerciales, y benefician a quienes no necesitan tal apoyo en perjuicio de los más vulnerables, además de fomentar un consumo ineficiente y de dilapidar los recursos naturales y económicos del Estado Nacional, con emisión monetaria”.

Mientras que “en cambio, los subsidios focalizados buscan garantizar el acceso al consumo indispensable sólo a aquellos hogares que realmente lo requieran y lo necesiten, a la par que incentivan un consumo eficiente, en la medida en que el exceso al consumo indispensable se debe pagar a costo pleno, todo lo cual también redunda en eficiencias para el gasto público”.

Ante esto, el Ejecutivo consideró que “resulta conveniente iniciar la transición hacia un esquema de subsidios focalizados, representativos de un modelo basado en la autosuficiencia económica-financiera del sector energético, las exportaciones de gas y petróleo, la libre interacción entre oferta y demanda, y un marco de incentivos a la inversión privada en infraestructura”.

De esta manera, la Secretaría de Energía avanzará con la reducción de los subsidios para los hogares Nivel 2 (N2, ingresos bajos) y Nivel 3 (N3, ingresos medios), con el fin de “trasladar progresivamente a los usuarios los costos reales de la energía y promover la eficiencia energética, a la vez que se asegure a los usuarios residenciales el acceso al consumo indispensable de energía eléctrica y gas”.

Según consigna Noticias Argentinas, hasta que entre en vigencia el nuevo régimen, se otorgó a Energía una serie de facultades para “establecer las correcciones y adecuaciones que correspondan al régimen de segmentación oportunamente establecido por el Decreto N° 332/22, con el objetivo de realizar una transición gradual, ordenada y previsible en el proceso de redeterminación de los subsidios a la energía”.

Estas facultades son:

  • Establecimiento de Topes de Consumo Subsidiados:
    Determinar los volúmenes máximos de consumo subsidiable para todas las categorías y segmentos residenciales de electricidad y gas.
    Considerar el criterio de consumo indispensable, la zona bioambiental y la época del año para fijar estos topes.
    Extender, en una primera etapa, los límites de consumo que ya rigen para los usuarios del Nivel 3 a los usuarios del Nivel 2.
  • Aplicación de Descuentos en Tarifas:
    Fijar descuentos sobre el componente de energía que se traslada a las tarifas finales para los usuarios de las categorías Nivel 2 y Nivel 3.
    Establecer el nivel de descuentos o bonificaciones que recibirán los beneficiarios por los volúmenes consumidos dentro de los máximos definidos.
  • Facturación de Excesos de Consumo:
    Disponer que los consumos en exceso a los volúmenes máximos subsidiables sean abonados a precios mayoristas de gas natural y energía eléctrica.
    Mantener escalones graduales de bonificación para los volúmenes excedentes en el caso de los usuarios Nivel 2.
  • Revisión Periódica:
    Revisar periódicamente los volúmenes de consumo máximo a subsidiar y los montos o porcentajes de los descuentos sobre el componente de energía. Evaluar la adquisición progresiva de hábitos de consumo eficiente por parte de los usuarios.
  • Modificación de Segmentación y Categorización:
    Modificar la denominación y/o el criterio de segmentación de las categorías de usuarios residenciales incorporados en el RASE.
    Revisar los indicadores patrimoniales de manifestación de ingresos y considerar la posibilidad de unificar las categorías para establecer una única categoría de usuarios residenciales que requieran asistencia para acceder al consumo indispensable de energía.
  • Calibración del Régimen de Subsidios Focalizados:
    Calibrar las variables necesarias para la implementación del régimen de subsidios focalizados de Canasta Básica Energética (CBE).
    Realizar pruebas y verificaciones pertinentes durante el período de transición.
  • Reempadronamiento de Usuarios:
    Invitar a los usuarios residenciales a reempadronarse en el RASE.
    Realizar cruces de información con otras bases de datos nacionales o provinciales para actualizar el padrón de beneficiarios y minimizar errores de inclusión y exclusión.
  • Compensación a Distribuidoras:
    Determinar los mecanismos de compensación de los menores ingresos de las licenciatarias o concesionarias de servicios de distribución por aplicación de las bonificaciones establecidas durante la vigencia del período de transición.
  • Facultades Generales:
    Dictar todos los actos necesarios para la implementación de lo dispuesto en el presente decreto.
    Observar los criterios de transparencia, equidad, proporcionalidad, previsibilidad y gradualidad.
    Dictar normas aclaratorias y complementarias necesarias para la reestructuración del régimen de subsidios.
    Definir los mecanismos específicos para la asignación y efectiva percepción de los subsidios por parte de los usuarios.
    Además, la Secretaría de Energía puede delegar en sus dependencias inferiores, hasta el nivel de Subsecretaría, el ejercicio de estas facultades para asegurar una implementación eficaz y ordenada del nuevo régimen de subsidios.

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