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ARCA controlará transferencias en bancos y billeteras virtuales: cuál es el monto mínimo alcanzado

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afecta a los consumidores.

03 de enero de 2025Redacción El Día de HiguerasRedacción El Día de Higueras
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Desde este jueves rigen las nuevas cifras actualizadas por inflación

Esta medida, basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, entró en vigor este jueves y establece nuevos límites para la declaración de operaciones financieras.

Montos actualizados para informar a ARCA
A partir de ahora, las entidades deberán reportar cuando los movimientos financieros alcancen los siguientes valores:

 $600.000: Total de consumos con tarjetas de débito en el país.
Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000: Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
Depósitos a plazo fijo constituidos en el mes.
Extracciones en efectivo, tanto nacionales como internacionales, realizadas por ventanilla, cajero automático u otros medios.
Saldo final en cuentas bancarias o billeteras virtuales al último día hábil del mes.

$2.000.000: Aplicable exclusivamente a billeteras virtuales en el caso de transferencias, ya sean bancarias o virtuales, que superen este monto.

La normativa no impacta directamente a los consumidores. Se trata de un régimen de información obligatorio para bancos, billeteras virtuales y plataformas financieras. Su objetivo es fortalecer los controles fiscales y aduaneros sin modificar las condiciones de uso de los servicios financieros por parte de los usuarios.

Esta actualización reemplaza los montos anteriores de $400.000 y $700.000, respectivamente, y se realiza semestralmente para mantenerlos alineados con la evolución de los precios.

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