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ANSES: continúa vigente la prestación por desempleo para trabajadores despedidos

El beneficio apunta a acompañar a quienes perdieron su empleo sin causa, con un ingreso mensual y acceso a asignaciones familiares mientras buscan reinsertarse en el mercado laboral. Quiénes pueden acceder, cuánto se cobra y cómo tramitarla.
Sociedad17 de marzo de 2026Redacción El Día de HiguerasRedacción El Día de Higueras
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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene activa la prestación por desempleo, una asistencia económica destinada a trabajadores en relación de dependencia que quedaron sin trabajo por causas ajenas a su voluntad, como despidos sin causa o finalización de contrato.

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Según datos del sistema de Seguridad Social, más de 150.000 personas accedieron a este beneficio durante 2025. Se trata de un ingreso temporal que busca sostener a los beneficiarios mientras transitan la búsqueda de un nuevo empleo, además de garantizar el acceso a otras ayudas vinculadas a su situación familiar.

Entre los beneficios incluidos, quienes acceden a la prestación continúan percibiendo asignaciones como prenatal, asignación por hijo, ayuda escolar anual y asignaciones por matrimonio, nacimiento o adopción.

En cuanto a los requisitos, el programa está dirigido a trabajadores en relación de dependencia que hayan perdido su empleo sin causa. Las condiciones varían según la modalidad laboral: los trabajadores permanentes deben contar con al menos seis meses de aportes en los últimos tres años; los eventuales o de temporada, con más de 90 días trabajados en el último año; y los del sector de la construcción, con un mínimo de ocho meses de aportes en los últimos dos años.

El monto a cobrar se calcula en base a los ingresos previos y los meses de aportes registrados. El esquema contempla entre 2 y 12 cuotas mensuales para trabajadores en relación de dependencia y entre 3 y 8 para trabajadores de la construcción. Además, las personas mayores de 45 años pueden acceder a una extensión de hasta seis meses adicionales.

Para iniciar el trámite, se debe presentar DNI y documentación que acredite la situación de desempleo, como telegrama de despido o carta documento. La gestión puede realizarse de manera online a través de Atención Virtual, con CUIL y clave de la seguridad social, o de forma presencial en una oficina de ANSES con turno previo.

Una vez aprobado el beneficio, el pago se realiza a través de una caja de ahorro de la seguridad social: el primer cobro es por ventanilla bancaria y luego se habilita una tarjeta de débito para operar en cajeros automáticos.

Desde el organismo recuerdan que, en caso de iniciar una nueva actividad laboral, el titular debe informar la situación y solicitar la suspensión del beneficio dentro de los cinco días hábiles.

Por otra parte, quienes no cumplen con los requisitos de aportes no pueden acceder a esta prestación. No obstante, si el trámite fue iniciado y luego suspendido, puede reactivarse dentro de los dos años, siempre que se haya registrado al menos un año de trabajo formal en ese período. En esos casos, también se analiza la posibilidad de acceder a otros programas de asistencia según la situación de cada solicitante.

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