
Aprueban un nuevo régimen de retiro voluntario para empleados públicos nacionales
Redacción El Día de Higueras

El Gobierno nacional oficializó un nuevo régimen de retiro voluntario para empleados de la Administración Pública Nacional centralizada, mediante el Decreto 1203/2026, publicado este lunes 19 de octubre en el Boletín Oficial.
La medida, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, establece un esquema de adhesión voluntaria para trabajadores de planta permanente y personal contratado por tiempo indeterminado.
Según lo dispuesto, el período de inscripción se extenderá del 1 al 30 de noviembre de 2026, con la posibilidad de una prórroga por única vez de hasta 30 días corridos.


El decreto también establece que los cargos presupuestarios de quienes se acojan al régimen serán eliminados una vez concretada la desvinculación laboral.
Tres grupos con distintas compensaciones
El programa contempla tres grupos de beneficiarios, con modalidades de compensación diferenciadas según la edad, los años de servicio y la situación previsional de cada trabajador.
Grupo 1: trabajadores próximos a la edad jubilatoria sin aportes suficientes. Comprende a mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no reúnan los aportes necesarios para acceder a la jubilación ordinaria. Podrán optar entre cobrar el 60% de su remuneración bruta habitual durante un máximo de 36 meses —o hasta reunir los requisitos jubilatorios, si esto ocurre antes—, con continuidad de los aportes previsionales y de obra social, o recibir una gratificación única equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad, con un límite de 18 remuneraciones y sujeto a las condiciones establecidas en el decreto.
Grupo 2: trabajadores próximos a jubilarse con 30 años de aportes. Incluye a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años que acrediten al menos 30 años de aportes previsionales. La compensación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad, con un máximo de 18 remuneraciones, más una suma adicional equivalente a cinco sueldos brutos.
Grupo 3: trabajadores de menor edad. Comprende a mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. Recibirán una gratificación equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad, con un tope de 20 remuneraciones. Además, se abonarán cuatro sueldos adicionales a quienes tengan menos de 15 años de antigüedad en planta permanente y cinco a quienes alcancen o superen ese período.
Quiénes quedan excluidos
El régimen establece restricciones para determinados agentes. No podrán adherirse, entre otros, quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública Nacional en las condiciones previstas por la norma, tengan sumarios administrativos pendientes por hechos que puedan derivar en cesantía o exoneración, hayan iniciado trámites jubilatorios o reúnan los requisitos para acceder al beneficio previsional.
También quedan alcanzados por las exclusiones quienes tengan una renuncia pendiente de aceptación o se encuentren en situación de disponibilidad durante la vigencia del programa. La normativa contempla, además, condiciones específicas para los trabajadores que hayan iniciado reclamos administrativos o judiciales vinculados con su relación laboral.
La aplicación del régimen estará a cargo de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
El decreto forma parte de la política nacional de reorganización de las estructuras estatales y reducción de las dotaciones de personal. La adhesión será voluntaria y las condiciones económicas dependerán del grupo en el que se encuadre cada trabajador.


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