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Vence el plazo para la recategorización del monotributo

Quienes aún no han realizado el trámite correspondiente deberán hacerlo ingresando al sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Los que deben hacerlo y los que no y el detalle del paso a paso para adecuarse a las nuevas categorías
Las Higueras20 de enero de 2022Redacción El Día de HiguerasRedacción El Día de Higueras
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monotributo

El plazo para la recategorización del monotributo vence este jueves. Quienes aún no realizaron el trámite correspondiente deberán hacerlo ingresando al sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).


Qué monotributistas deben recategorizarse

Los contribuyentes que hayan sobrepasado determinados montos de facturación en el acumulado de todo 2021 tendrán que realizar la debida recategorización, ya que la AFIP aclaró que en esos casos se trata de "un procedimiento obligatorio".

"En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite", indicaron desde el organismo dirigido por Mercedes Marcó del Pont. Desde la AFIP aseguraron que no está previsto prorrogar el plazo del trámite.

Cómo sé si me tengo que recategorizar
Para determinar si corresponde cambiar de categoría, los contribuyentes deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses y cotejarlos con los nuevos valores de las categorías que se encuentran disponibles en monotributo.afip.gob.ar.

Por ejemplo, la categoría "A" pasa a tener un tope de ingresos en todo 2021 de $466.201,59 (equivalentes a un promedio mensual del $38.850,13) con un importe de $3.334,24 por mes.

Es decir que, quienes hayan sobrepasado ese monto en el total facturado el año pasado, tendrán que recategorizarse en base a los valores que figuran en la página de la AFIP.

En el otro extremo, la categoría máxima, la "K", tiene un tope de ingresos brutos en todo 2021 de $4.662.015,87 ($388.501,32 de promedio mensual), con un importe a pagar de $25.090,13 mensuales.

"El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en febrero, mes siguiente a la recategorización", señaló el organismo recaudador en la presentación de su instructivo.

La AFIP indicó que "no corresponde recategorizarse si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el régimen simplificado".

"En cambio si el período es entre seis y menos de 12 meses, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización", añadió.

La recategorización, paso a paso
Para aquellos que aún no realizaron el trámite, la AFIP incluyó en su sitio web un tutorial de seis pasos:

  1. Ingresar a la web monotributo.afip.gob.ar o bien descargar la aplicación móvil en afip.gob.ar/celular/apps/mi-monotributo.asp.
  2. Indicar CUIT, clave fiscal y presionar "aceptar".
  3. Seleccionar la opción "Recategorizarme.
  4. Seleccionar la opción "Continuar recategorización".
  5. Informar los nuevos parámetros (ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica, etc).
  6. Indicar la opción "Imprimir credencial".

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