


Ingresó a la Unicameral el proyecto para que Escudero pueda ir por otro período
Redacción El Día de Higueras


El presidente del bloque de legisladores de Juntos por el Cambio, el radical Orlando Arduh, realizó este martes la presentación formal del proyecto de modificación que establece que intendentes, concejales y tribunos de cuentas de localidades de menos de 10 mil habitantes puedan participar en las elecciones municipales de este año por otro período. Como se toma el ultimo censo de 2010, Las Higueras ingresa dentro de ese espectro de localidades que puede permitirle a su actual intendente volver a ser relegido si la modificación del articulo es aprobada mañana en la unicameral; en el caso de Alberto Escudero sería una re re relección.
Ya a fines de diciembre pasado y en medio de los reclamos de varios intendentes que exigían que el Gobierno provincial habilite la modificación del Código Electoral para que se permita la re-reelección por única vez, Arduh había advertido que se pondría al frente del planteo y que cumplirían con el ingreso del proyecto.
Este martes, la propuesta que lleva su firma tomó estado parlamentario. Tiene un artículo y uno segundo, de forma.


La iniciativa dejó expresada que sólo se busca establecer cambios en el artículo 7, del Código Electoral Provincial, tal como reclaman los intendentes.
“Modifícase el artículo 7, de la ley 10.406, modificatoria de la ley 9.571, del Código Electoral Provincial, y la ley 8.102, de la Orgánica Municipal, el que quedará redactado de la siguiente manera: A los fines de la aplicación de la presente ley y de las leyes que resultan por ella modificada, será considerado como primer período el mandato comprendido entre 2015-2019 respecto de legisladores, integrantes del Tribunal de Cuentas de la Provincia, concejales, intendentes y miembros del Tribunal de Cuentas de municipios facultados para dictar su Carta Orgánica...”, se especificó.
Y se detalló: “Respecto de concejales, intendentes y miembros del Tribunal de Cuentas de municipios de hasta 10 mil habitantes y comunas de hasta 2 mil habitantes, conforme al Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas de 2010, se considerará como primer período el actual en curso 2019-2023, que haya tenido lugar con posterioridad a la sanción de la Ley 10.406″.
De esta forma, los intendentes de localidades de menos de 10 mil habitantes y que lleven cursado dos períodos desde 2015 (o más) podrían participar como candidatos para otro mandato.
Los fundamentos para modificar el artículo 7 también fueron sostenidos en el mismo proyecto con las notas en apoyo del Foro de Intendentes Radicales de Córdoba y de la organización Comunas y Municipios de la Provincia (Comupro).
El mismo escrito presentaron en apoyo los intendentes del Comupro, integrado por intendentes vecinalistas y del PRO, que también vienen reclamando un nuevo mandato.
Fuente: La Voz


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