Intimarán a los titulares de los vehículos abandonados en la vía publica

El Concejo Deliberante aprobó la regulación del régimen por el cual se ejecutará el procedimiento de retiro de coches en situación de abandono en las calles. Las etapas incluyen: localización, denuncia, traslado y, en su caso, entrega al centro autorizado de tratamiento dispuesto por la Ley Provincial de Tránsito.

Luego de la aprobación en el Concejo Deliberante de la regulación del régimen por el cual se avanzará sobre los vehículos que se encuentren abandonados en la vía publica.  

«Los vehículos o sus partes que se hallan en lugares de dominio público en estado de deterioro y/o inmovilidad y/o abandono implican un peligro para la salud o la seguridad pública y el medio ambiente. Que además de la contaminación, la acumulación de suciedad y la inseguridad que ocasionan los autos abandonados en las calles, existe un riesgo vial: al estar estacionados en lugares muchas veces prohibidos, sin señalización ni elementos reflectivos como sí poseen los vehículos en buen estado, una carcasa puede transformarse en un obstáculo imprevisto, sobre todo de noche para los automovilistas y peatones».  Eso enuncia el texto de la ordenanza aprobada en la última sesión ordinaria por el cuerpo deliberativo, en su fundamento.  

En el marco de que el Municipio adhiere a la Ley Provincial Nº 8.560, que aprueba el Código de Tránsito de la Provincia de Córdoba, se debe hacer cumplir lo que prescribe el mismo en sus artículos.

Ente ellos la regulación del régimen aplicable a los abandonados en la vía pública, particularmente en cuanto a su localización, denuncia, procedimiento para su retirada y, en su caso, entrega al centro autorizado de tratamiento correspondiente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 51, 62 y 75 de la Ley Provincial de Tránsito Nº 8560 y sus modificatorias.

El área a contemplar es el ejido municipal de la localidad donde se encuentren vehículos que, objetiva y racionalmente, hagan presumir por sus signos externos que están abandonados.

1.            Cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matriculación.

2.            Si se encuentre depositado en las dependencias municipales durante un periodo de dos meses, tras su retirada de la vía pública.

Ante esta situación, primero:

Se levantará un Acta de Infracción, la cual dará lugar al inicio del expediente.

Se colocará en el vehículo un adhesivo en lugar visible, informando al responsable del mismo sobre la declaración de “aparente abandono”.  

Se le tomará una fotografía de registro.

Luego de 15 días desde que fue colocado el adhesivo, si el titular no lo retiró, se procederá a la retirada y traslado del vehículo al Depósito Municipal o lugar habilitado.

Durante 60 días corridos, desde la retirada del vehículo, se tramitará el expediente correspondiente para su tratamiento como residuo sólido y se trasladará a un centro autorizado para su disposición final y/o destrucción.

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