Nuevas Medidas: el lunes vuelven las actividades no esenciales de 6:00 a 19:00

Lo anunció el vicegobernador Manuel Calvo que partir del lunes 31 de mayo volverán las actividades no esenciales en el horario de 6:00 a 19:00. La circulación será entre las 06:00 y las 20:00. También volverán las clases presenciales en los niveles inicial, primario y especial. Los secundarios volverán a las aulas sólo en ciudades o conglomerados que tengan menos de 30 mil habitantes. Serán hasta el 11 de Junio. Además se estableció la ayuda a las actividades que se ven comprometidas por estas restricciones. Ahora solo resta conocer si Las Higueras se plega al conglomerado de Rio Cuarto para adoptar o no la medida de las clases presenciales. Leè todas las novedades

El vicegobernador Manuel Calvo anunció este viernes cómo seguirán las restricciones en la provincia de Córdoba desde el próximo lunes 31 de mayo, cuando finalice el Decreto de Necesidad y Urgencia que estableció medidas a nivel nacional para contener el crecimiento de casos de coronavirus en el país. También se expresó sobre ayudas económicas y financieras para sectores restringidos por la pandemia y nuevas medidas que regirán desde el 31 de mayo.

  ACTIVIDADES COMERCIALES:

  Podrán desarrollarse entre las 9 y 19 horas.

  Shoppings: entre las 9 y 19 horas. Patios de comidas sólo delivery y take away.

  RESTAURANTES Y RESTOBARES:

  Hasta las 19 horas. Modalidad delivery y take away hasta las 23 horas.

  ACTIVIDAD ESCOLAR:

  Nivel inicial, primario y educación especial: se retoman clases presenciales bajo sistema de burbujas.

  Nivel Secundario: retoma la presencialidad con sistema de burbujas, con excepción de aquellas localidades o conglomerados urbanos con más de 30.000 habitantes.

  Guarderías y Salas Maternales: funcionarán normalmente.

Actividades educativas periescolares. Quedan suspendidas en modalidad presencial. “Como ejemplo citamos danza, teatro infantil, canto, escuelas y academias". Sólo de manera virtual.

  OBRAS PRIVADAS:

  Están permitidas conforme a los horarios y protocolos establecidos.

  REUNIONES SOCIALES Y/O CELEBRACIONES:

  Se mantienen suspendidas tanto en ambientes públicos y privados.

  REUNIONES FAMILIARES:

  Se podrán realizar con hasta 8 miembros, en el horario de libre circulación.

  ACTIVIDADES RELIGIOSAS:

  Se mantienen vigentes con reducción de aforo: 30%.

  TURISMO:

  Las actividades turísticas grupales se mantienen suspendidas.

  SALONES DE EVENTOS Y FIESTAS:

  Continuarán cerrados.

  PRÁCTICAS DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS EN AMBIENTES CERRADOS:

  Permitidas hasta 12 personas.

  PRÁCTICAS DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS INDIVIDUALES Y GRUPALES AL AIRE LIBRE:

  Podrán realizarse, sin uso de vestuarios ni instalaciones.

  Continúan suspendidas durante este periodo las competencias de cualquier tipo; federadas, amateurs o exhibiciones. Excepto las regladas a nivel nacional.

  GIMNASIOS Y NATATORIOS:

  Podrán desarrollar actividades según protocolo establecido.

  MUNICIPIOS Y COMUNAS:

  Se comprometen a llevar adelante el control y cumplimiento de las disposiciones y los protocolos vigentes. También a fortalecer la vigilancia para detectar casos de COVID de manera temprana.

  TODAS LAS ACTIVIDADES DEBERÁN DESARROLLARSE CUMPLIENDO LOS PROTOCOLOS ESTABLECIDOS.

Las ayudas a las actividades que se ven comprometidas por estas restricciones: Beneficios en las tarifas de energía eléctrica, exención de Ingresos Brutos y Sellos y otras asistencia económica.

PAQUETE DE MEDIDAS CON AYUDAS ECONÓMICAS Y FINANCIERAS PARA SECTORES CON ACTIVIDAD RESTRINGIDA

📍 BENEFICIARIOS

Personas Físicas o Jurídicas - con domicilio fiscal en la provincia de Córdoba – en los siguientes rubros:

✔️ Bares y restaurantes. 
✔️ Salones de fiesta y discotecas. 
✔️ Gimnasios, natatorios y canchas. 
✔️ Escuelas de danza, canto y teatro y academias de idiomas. 
✔️ Centros de formación profesional y academias de oficios.
✔️ Cines, autocines, teatros, centros culturales.

📍 MEDIDAS

☑️ Exención del pago mínimo de Ingresos Brutos para todo el año 2021.

☑️ Eximición de Ingresos Brutos para meses de mayo, junio, julio y agosto 2021.

☑️ Eximición de Impuesto a los Sellos hasta diciembre del 2021, sobre contratos de alquiler de hasta $40.500 mensuales.

☑️ Diferimiento en el pago de las facturas eléctricas que venzan en junio de 2021 hasta diciembre, con 0% de interés.

☑️ Plan de facilidades de pago para deudas vencidas de EPEC hasta mayo de 2021 inclusive. Tasa de financiación del 1 % en 30 cuotas mensuales. Vencimiento primera cuota: diciembre 2021, plazo de adhesión hasta septiembre de 2021.

☑️ Reconexión sin costo de medidor en caso que corresponda o en caso que se solicite baja temporal del servicio.

☑️ Ayudas económicas no reintegrables según condición fiscal de entre $30.000 y $70.000.

📍 REQUISITOS

☑️ Ciudadano digital Nivel 2, 
☑️ Cuenta bancaria a nombre del solicitante,
☑️ Estar inscripto en Dirección General de Rentas,
☑️ Monotributistas con pago del primer trimestre 2021

📍 SOLICITUD 

☑️ Del 1 al 30 de junio. 
☑️ Completar formulario digital ADRA, en www.cba.gov.ar

📌 MONTO TOTAL DE LA INVERSIÓN PROVINCIAL

📣 600 millones de pesos

📌 TOTAL INVERTIDO EN MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO DURANTE LA PANDEMIA A ESTOS SECTORES 

📣 3.200 millones de pesos