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Nuevas Medidas: el lunes vuelven las actividades no esenciales de 6:00 a 19:00

Lo anunció el vicegobernador Manuel Calvo que partir del lunes 31 de mayo volverán las actividades no esenciales en el horario de 6:00 a 19:00. La circulación será entre las 06:00 y las 20:00. También volverán las clases presenciales en los niveles inicial, primario y especial. Los secundarios volverán a las aulas sólo en ciudades o conglomerados que tengan menos de 30 mil habitantes. Serán hasta el 11 de Junio. Además se estableció la ayuda a las actividades que se ven comprometidas por estas restricciones. Ahora solo resta conocer si Las Higueras se plega al conglomerado de Rio Cuarto para adoptar o no la medida de las clases presenciales. Leè todas las novedades
Covid-1928 de mayo de 2021Redacción El Día de HiguerasRedacción El Día de Higueras
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El vicegobernador Manuel Calvo anunció este viernes cómo seguirán las restricciones en la provincia de Córdoba desde el próximo lunes 31 de mayo, cuando finalice el Decreto de Necesidad y Urgencia que estableció medidas a nivel nacional para contener el crecimiento de casos de coronavirus en el país. También se expresó sobre ayudas económicas y financieras para sectores restringidos por la pandemia y nuevas medidas que regirán desde el 31 de mayo.

  ACTIVIDADES COMERCIALES:

  Podrán desarrollarse entre las 9 y 19 horas.

  Shoppings: entre las 9 y 19 horas. Patios de comidas sólo delivery y take away.

  RESTAURANTES Y RESTOBARES:

  Hasta las 19 horas. Modalidad delivery y take away hasta las 23 horas.

  ACTIVIDAD ESCOLAR:

  Nivel inicial, primario y educación especial: se retoman clases presenciales bajo sistema de burbujas.

  Nivel Secundario: retoma la presencialidad con sistema de burbujas, con excepción de aquellas localidades o conglomerados urbanos con más de 30.000 habitantes.

  Guarderías y Salas Maternales: funcionarán normalmente.

Actividades educativas periescolares. Quedan suspendidas en modalidad presencial. “Como ejemplo citamos danza, teatro infantil, canto, escuelas y academias". Sólo de manera virtual.

  OBRAS PRIVADAS:

  Están permitidas conforme a los horarios y protocolos establecidos.

  REUNIONES SOCIALES Y/O CELEBRACIONES:

  Se mantienen suspendidas tanto en ambientes públicos y privados.

  REUNIONES FAMILIARES:

  Se podrán realizar con hasta 8 miembros, en el horario de libre circulación.

  ACTIVIDADES RELIGIOSAS:

  Se mantienen vigentes con reducción de aforo: 30%.

  TURISMO:

  Las actividades turísticas grupales se mantienen suspendidas.

  SALONES DE EVENTOS Y FIESTAS:

  Continuarán cerrados.

  PRÁCTICAS DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS EN AMBIENTES CERRADOS:

  Permitidas hasta 12 personas.

  PRÁCTICAS DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS INDIVIDUALES Y GRUPALES AL AIRE LIBRE:

  Podrán realizarse, sin uso de vestuarios ni instalaciones.

  Continúan suspendidas durante este periodo las competencias de cualquier tipo; federadas, amateurs o exhibiciones. Excepto las regladas a nivel nacional.

  GIMNASIOS Y NATATORIOS:

  Podrán desarrollar actividades según protocolo establecido.

  MUNICIPIOS Y COMUNAS:

  Se comprometen a llevar adelante el control y cumplimiento de las disposiciones y los protocolos vigentes. También a fortalecer la vigilancia para detectar casos de COVID de manera temprana.

  TODAS LAS ACTIVIDADES DEBERÁN DESARROLLARSE CUMPLIENDO LOS PROTOCOLOS ESTABLECIDOS.

Las ayudas a las actividades que se ven comprometidas por estas restricciones: Beneficios en las tarifas de energía eléctrica, exención de Ingresos Brutos y Sellos y otras asistencia económica.

PAQUETE DE MEDIDAS CON AYUDAS ECONÓMICAS Y FINANCIERAS PARA SECTORES CON ACTIVIDAD RESTRINGIDA

📍 BENEFICIARIOS

Personas Físicas o Jurídicas - con domicilio fiscal en la provincia de Córdoba – en los siguientes rubros:

✔️ Bares y restaurantes. 
✔️ Salones de fiesta y discotecas. 
✔️ Gimnasios, natatorios y canchas. 
✔️ Escuelas de danza, canto y teatro y academias de idiomas. 
✔️ Centros de formación profesional y academias de oficios.
✔️ Cines, autocines, teatros, centros culturales.

📍 MEDIDAS

☑️ Exención del pago mínimo de Ingresos Brutos para todo el año 2021.

☑️ Eximición de Ingresos Brutos para meses de mayo, junio, julio y agosto 2021.

☑️ Eximición de Impuesto a los Sellos hasta diciembre del 2021, sobre contratos de alquiler de hasta $40.500 mensuales.

☑️ Diferimiento en el pago de las facturas eléctricas que venzan en junio de 2021 hasta diciembre, con 0% de interés.

☑️ Plan de facilidades de pago para deudas vencidas de EPEC hasta mayo de 2021 inclusive. Tasa de financiación del 1 % en 30 cuotas mensuales. Vencimiento primera cuota: diciembre 2021, plazo de adhesión hasta septiembre de 2021.

☑️ Reconexión sin costo de medidor en caso que corresponda o en caso que se solicite baja temporal del servicio.

☑️ Ayudas económicas no reintegrables según condición fiscal de entre $30.000 y $70.000.

📍 REQUISITOS

☑️ Ciudadano digital Nivel 2, 
☑️ Cuenta bancaria a nombre del solicitante,
☑️ Estar inscripto en Dirección General de Rentas,
☑️ Monotributistas con pago del primer trimestre 2021

📍 SOLICITUD 

☑️ Del 1 al 30 de junio. 
☑️ Completar formulario digital ADRA, en www.cba.gov.ar

📌 MONTO TOTAL DE LA INVERSIÓN PROVINCIAL

📣 600 millones de pesos

📌 TOTAL INVERTIDO EN MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO DURANTE LA PANDEMIA A ESTOS SECTORES 

📣 3.200 millones de pesos

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