Rigen nuevas medidas sanitarias en la provincia

Será desde este jueves 20 y hasta el 9 de febrero inclusive conforme a lo que publicó el Gobierno de Córdoba en el Boletín Oficial el decreto 36. Las nuevas medidas sanitarias establecen que en bares y restaurantes deberá solicitarse el pase sanitario durante todo el día, como así también en actividades deportivas (gimnasios, natatorios y demás actividades que disponga la Agencia Córdoba Deportes).

El Gobierno de Córdoba publicó en el Boletín Oficial el decreto 36, con las nuevas medidas sanitarias que regirán en todo el territorio provincial a partir del jueves 20 de enero hasta el 9 de febrero inclusive.

Pase Sanitario
A partir de estas nuevas medidas, se incorporan actividades comprendidas con control de pase sanitario. Éstas serán:

  • Actividades deportivas (gimnasios, natatorios y demás actividades que disponga la Agencia Córdoba Deportes)
  • Bares: con funcionamiento del pase sanitario durante todo el día.
  • Aforos
    Las actividades nocturnas o eventos como boliches, discotecas, bailes y salones de eventos, en espacios abiertos se mantiene el aforo del 70 por ciento, con límite máximo conforme a la superficie del establecimiento y habilitación municipal, bajo control de pase sanitario.

En espacios cerrados, el porcentaje del aforo será de acuerdo a la capacidad del establecimiento habilitado por el municipio:

  • Hasta 1.000 personas: con un aforo de hasta el setenta por ciento.
  • Hasta 2.500 personas: con un aforo de hasta el sesenta por ciento.
  • Hasta 5.000 personas: con un aforo de hasta el cincuenta por ciento.
  • Hasta 10 mil personas: con un aforo de hasta el cuarenta por ciento.
  • Más 10 mil personas: con un aforo de hasta el treinta por ciento.
    Por su parte, locales gastronómicos y bares, tendrán un aforo de hasta el ochenta por ciento en el interior y del cien por ciento en espacios abiertos.

En cuanto a las reuniones sociales y familiares a realizarse en espacios comunitarios (quinchos y/o salones de uso común, etc.), tendrán hasta el ochenta por ciento del aforo habilitado, siempre con los cuidados pertinentes como la ventilación cruzada en ambientes cerrados.

Cabe mencionar que el horario de funcionamiento de estas actividades podrá extenderse hasta 3:00 horas, y se restringe la circulación de personas entre 4:00 y las 6:00 horas de cada día, exceptuando a quienes se encuentren debidamente autorizados para realizar.

Por último, se reitera que es necesario continuar con las medidas de prevención para evitar o reducir los contagios: uso adecuado del barbijo, en ambientes cerrados y abiertos, mantener la distancia física, optar por espacios ventilados o al aire libre y fundamentalmente, evitar la exposición a múltiples reuniones sociales. Y en caso de ser contacto estrecho o tener síntomas permanecer aislados.

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