Presencialidad sin restricciones en la UNRC

Conforme a lo establecido por el Consejo Superior de la Casa de Altos Estudios, la presencialidad durante el 2022 será sin restricciones

Incluye las actividades administrativas, técnicas, asistenciales, de servicios generales, de docencia de grado y posgrado, investigación, extensión y servicios.

En la Universidad Nacional de Río Cuarto se garantiza la presencialidad sin restricciones para el ciclo 2022, conforme a lo que decidió en noviembre del año anterior el Consejo Superior. 

Será sin medidas de restricción en cuanto a la cantidad de personas para todas las actividades administrativas, técnicas, asistenciales, de servicios generales, de docencia de grado y posgrado, investigación, extensión y servicios.

Seguirá siendo obligatorio el uso de barbijo, la ventilación, el cuidado de la higiene y el distanciamiento.  Por otra parte, desde el primer día hábil del año 2022 volverá a ser obligatorio el cumplimiento presencial de la totalidad de la carga horaria por parte de los trabajadores docentes y nodocentes.

Cabe recordar que a partir del 1º de diciembre se restableció el servicio de vehículos de la flota propia de la Universidad, que podrá utilizarse para recorridos de cualquier distancia y con la capacidad máxima prevista para cada unidad. Dentro de los vehículos es obligatorio el uso de barbijo y el cumplimiento de las medidas de cuidado.

También, a partir de diciembre, la declaración jurada de ingreso incluye sólo los aspectos vinculados con la salud y se dejó de controlar de manera obligatoria la temperatura a los ingresantes al campus. En la misma fecha se acordó que los docentes, nodocentes, investigadores, estudiantes y graduados que desarrollan actividades en la Universidad debieran cargar en el SISINFO la constancia de vacunación -en formato de imagen-.

Y los ingresantes 2022 están obligados hacerlo en el SISINFO al momento de incorporarse como usuario.
Quienes hayan optado por no vacunarse debieron informar tal decisión a través del SISINFO.

Lo que dice la Resolución 

ARTICULO 1º - Habilitar, a partir del primer día hábil de 2022, la presencialidad en todas las actividades administrativas, técnicas, asistenciales, de servicios generales, de docencia de grado y posgrado, investigación, extensión y servicios sin restricciones en cuanto a la cantidad de personas y sujetas a la obligatoriedad en el uso del barbijo, al cumplimiento de la ventilación en los espacios, el cuidado e higiene personal establecidos y manteniendo el distanciamiento mínimo de dos (2) metros en cubículos y oficinas.
ARTICULO 2°- Establecer, a partir del primer día hábil de 2022, la obligación de cumplimiento presencial de la totalidad de la carga horaria prevista tanto para docentes como nodocentes, teniendo en cuenta para ello los regímenes legales vigentes y las designaciones y/o dedicaciones que correspondan.
ARTICULO 3- Reestablecer, a partir del 1 de diciembre de 2021, el servicio de vehículos de la flota propia de la Universidad, el cual podrá utilizarse para recorridos de cualquier distancia y con la capacidad máxima prevista para cada unidad.
Toda persona que se encuentre dentro de los vehículos deberá usar de manera obligatoria barbijo y cumplir con las restantes medidas de cuidado, todo ello bajo responsabilidad del docente a cargo del viaje.
ARTICULO 4- Modificar, a partir del 1 de diciembre de 2021, la declaración jurada de ingreso, la cual contemplará sólo los aspectos relacionados a salud.
ARTICULO 5- Disponer, a partir el 1 de diciembre de 2021 el cese del control obligatorio de temperatura al ingreso a la Universidad.
ARTICULO 6- Establecer para el personal docente, no docente, investigadores, estudiantes reinscriptos, readmitidos, y graduados, que desarrollen actividades en la UNRC, la obligación de cargar en el SISINFO la constancia de vacunación (en formato de imagen), ello antes del 1 de diciembre de 2021.
ARTICULO 7- Establecer para los estudiantes ingresantes 2022 la obligación de cargar en el SISINFO la constancia de vacunación al momento de incorporarse como usuario.
ARTICULO 8- Las personas que hayan optado por no vacunarse deberán informar tal decisión, a través de su manifestación en el SISINFO.
ARTICULO 9- Instruir a la Unidad de Tecnología de la Información (UTI) para que desarrolle la modificación necesaria en el SISINFO que permita el cumplimiento de lo normado en los artículos 6,7 y 8 de la presente, de modo tal que el incumplimiento dentro de los plazos de las obligaciones establecidas en los citados artículos no permita continuar la sesión en el sistema.

Los considerandos

En esta resolución, el Consejo Superior tomó en consideración la facultad de la Comisión creada por Resolución Rectoral 549/2021 para realizar el seguimiento de la situación sanitaria y, eventualmente, hacer recomendaciones en relación con la flexibilización o restricción en cuanto al desarrollo de actividades presenciales, de acuerdo con la situación epidemiológica y la normativa que establezca la Nación y/o las restantes jurisdicciones.
También que la Universidad fijó pautas generales de comportamiento en la relación a la pandemia y su vinculación con el retorno a la actividad presencial.
Y que ha trabajado, a través de la Comisión de Regreso a la Presencialidad Programada en la fijación de pautas concretas y específicas que rigen el retorno a la actividad presencial, tanto de los trabajadores de la Universidad, como de los estudiantes e investigadores.
Además, se consideró que esa comisión presentó una propuesta que permite avanzar sobre la manera en que debe continuar el proceso de retorno a la presencialidad programada, complementando y/o modificando aspectos establecidos en las normas sanitarias dictadas en el ámbito de nuestra Universidad a raíz de la presencia de la pandemia por Covid-19 entre las que se destacan a) Protocolo de Actuación Para la Prevención y Mitigación del COVID -19 en el ámbito de la UNRC que fuera aprobado por Resolución Nº274/20 (complementada por Resolución Nº430/20); b) al Protocolo de Actuación Para la Prevención y Mitigación del Coronavirus (Covid-19) -Actividades Académicas Presenciales con Estudiantes (Res 001/21), y los distintos P.T.S elaborados por las Comisiones paritarias locales (tanto docente como no docente) y aprobados por la autoridad competente.
También indica que considerando la actual situación epidemiológica, la UNRC está en condiciones de brindar una serie de definiciones que permitan dar certeza a la comunidad universitaria con relación al cursado 2022, ello tanto para estudiantes reinscriptos, como para ingresantes, así como para el personal docente y no docente, todo ello con el fin de permitir la planificación y organización de las distintas actividades con la suficiente antelación.
Que a los fines de definir futuras políticas sanitarias, campañas de concientización e información, y organización del trabajo se considera indispensable conocer fehacientemente la situación de la comunidad universitaria en relación a la vacunación contra el coronavirus, que debe considerarse que el dictado de esta resolución no afecta la vigencia de otras normas emitidas por la Universidad -que rigen al día de hoy en la materia-, salvo en lo vinculado a derogación o suspensión expresa o tácita.
Y que lo decidido responde al estado sanitario actual, razón por la cual puede sufrir modificaciones ante variaciones en la situación sanitaria tanto nacional, provincial, regional como local.

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