LACLAM Salud y Ambiente

ALMENDRA 1140 (1)

banner opcion blanco

Almacen 750  OK (1140 x 120 px) (1)

El Municipio regulará las fiestas privadas

Desde el Juzgado de Falta consideran necesario adecuarse a las reglamentaciones de Rio Cuarto para poder trabajar en forma conjunta. Los organizadores deberán solicitar permiso con 15 días de anticipación y quedarán excluidos los festejos domésticos.

Las Higueras27 de septiembre de 2024Redacción El Día de HiguerasRedacción El Día de Higueras
74156-el-gobierno-llama-la-atencion-por-las-fiestas-clandestinas-en-pandemia-20210114171220

El Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que tiene como objetivo regular la realización de fiestas privadas en la localidad. Esta iniciativa busca poner fin a las llamadas "fiestas clandestinas", que se han vuelto cada vez más frecuentes en los últimos años e incumplen normas de convivencia.

La nueva normativa establece una serie de requisitos para la organización de eventos privados, como la solicitud de autorización previa al municipio y el cumplimiento de las normas del Código de Espectáculos Públicos. Además, se impondrán multas a quienes incumplan estas disposiciones y, en casos graves, se podrá proceder al desalojo del lugar donde se esté llevando a cabo la fiesta.

Con esta medida, el municipio busca garantizar la seguridad y el bienestar de los vecinos, así como fomentar la convivencia pacífica. Asimismo, se busca evitar que este tipo de eventos se conviertan en focos de problemas sociales y generen un impacto negativo en la comunidad.

Puntos de la Ordenanza:

ARTICULO 1º.- Regúlense para la localidad de Las Higueras, y a los efectos de la salvaguarda y protección de las personas en general (menores y mayores de edad), su integridad física y moral, el resguardo de los espacios públicos, la convivencia entre los ciudadanos, la seguridad común o para los derechos de terceros, las denominadas “fiestas privadas” que tuvieran como fin eludir normativa de poder de policía municipal en general, y el Código de Espectáculos Públicos en particular.

ARTICULO 2º.- Quedarán sujetos a lo establecido en la presente Ordenanza los propietarios, poseedores o tenedores, organizadores o administradores sean personas físicas o jurídicas, de establecimientos, casas, quintas, fincas u otro tipo de inmuebles donde se realicen espectáculos o fiestas de carácter privado en forma eventual y esporádica para determinada fecha o acontecimiento, independientemente del título gratuito u oneroso del ingreso y de la modalidad de la venta, entrega o distribución de tickets, entradas o invitación.

ARTICULO 3º.- Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Ordenanza los actos o celebraciones privadas o de carácter familiar, cumpleaños o festividades de fin de año que, por sus características, no conlleven riesgo alguno para la integridad de los espacios públicos, para la convivencia entre los ciudadanos, la seguridad común o para los derechos de terceros.

ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá autorizar la realización de eventos de las características mencionadas en el artículo 1° de la presente, en la medida en que cumplimenten lo establecido en la Ordenanza N° 10/2010 de código de Espectáculos Públicos. A tales fines el/los interesado/s deberán hacer solicitar la autorización con una antelación no menor a quince (15) días de la fecha de realización del evento.

ARTICULO 5º.- Ante la comprobación en el lugar de que se trata de un evento de las características establecidas en el artículo 1° y del incumplimiento de lo establecido en la presente, se impondrá al titular dominial del inmueble, y solidariamente al poseedor o tenedor, organizador o administrador, una multa que oscilará entre mil quinientas (1500) y tres mil (3000) U.M., según las dimensiones y ubicación del predio en donde se desarrolla, cantidad de personas en el lugar (en caso de poder determinarse), presencia de menores, molestias ocasionadas a vecinos, cobro de un precio en concepto de entrada, expendio de bebidas alcohólicas y demás circunstancias apreciables. Se utilizarán medios alternativos electrónicos para probar que el inmueble privado ha sido utilizado a los fines del artículo 1°, para ello serán válidas las fotografías tomadas por los inspectores bajo cualquier modalidad, comunicaciones por medios electrónicos, filmaciones o cualquier otro medio de prueba que pueda determinar el encuadramiento del evento en la presente Ordenanza.

El valor de la multa fijada se duplicará en caso de reincidencia.

ARTICULO 6º.- En el caso que la fiesta privada conlleve riesgo (cualquiera fuere) para la integridad de los espacios públicos, para la convivencia entre los ciudadanos, y/o la seguridad común o para los derechos de terceros, la autoridad de aplicación de la presente, con la colaboración de la Fuerza Pública procederá al desalojo del lugar donde se estuviera llevando a cabo el evento.

ARTICULO 7º.- Facultase expresamente a los inspectores municipales para realizar las tareas de verificación e inspección del inmueble donde se realice el evento, a cuyo fin deberán solicitar la autorización para el ingreso al propietario, poseedor, tenedor, organizador o administrador, debiendo hacer constar expresamente tal circunstancia en el acta de infracción. Para el caso de que el permiso les sea denegado, se presumirá el encuadramiento del evento en las regulaciones de la presente, y el incumplimiento de las condiciones fijadas en la misma.

ARTICULO 8º.- En el hipotético caso que en el lugar donde se esté realizando la fiesta privada, se estuviere cometiendo algún delito o contravención, los inspectores municipales deberán dar inmediata comunicación de ello a la autoridad policial, a los fines que ésta por sí o por intermedio del Ministerio Público, tomare intervención a los efectos legales que pudieran corresponder.

ARTICULO 9º.- En todo aspecto no previsto por esta Ordenanza, a los fines de integrar cualquier omisión o interpretación en el modo de su aplicación, serán supletorias las disposiciones de la Ordenanza N° 20/2010 y modificatorias “Código de Espectáculos Públicos” o las normas que la reemplacen en el futuro.

ARTICULO 10º.- Será autoridad u órgano técnico de aplicación de esta Ordenanza el Ente de Control Municipal o área similar en caso de que lo designe el Departamento Ejecutivo Municipal, con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en esta norma.

1

Te puede interesar
f41dda1a-e281-4b4e-a01f-3679b4f3cee7-1536x1152

La Provincia ordenó cerrar todos los polideportivos y Las Higueras acata la medida desde esta noche

Redacción El Día de Higueras
Las HiguerasHace 1 hora

El Gobierno provincial dispuso el cierre inmediato de estas infraestructuras por prevención y pidió a los municipios colaborar en la revisión integral. La Municipalidad de Las Higueras confirmó que el Polideportivo del barrio Mujeres Argentinas quedará cerrado desde esta noche. Esta decisiòn ocurre luego de que el temporal en Ansenuza derribara una estructura, la provincia abrirá una Investigación interna.

MUSEOB

El Museo Tecnológico Aeroespacial celebró un nuevo aniversario con un emotivo reconocimiento a su historia

Redacción El Día de Higueras
Las HiguerasEl miércoles

En el marco de un nuevo aniversario de su creación —un 26 de noviembre de 1999— el Museo Tecnológico Aeroespacial llevó adelante un desayuno institucional donde participó el pionero SM (R) Alberto Debernardo, quien hizo entrega del archivo histórico del Museo, acompañado por su hijo. El encuentro incluyó recuerdos, valoraciones y la reafirmación del compromiso con la identidad y la memoria del AMRC y del MTA.

ENTREGA KITS (1)

La escuela Jorge A. Newbery recibió kits de robótica y proyecta sumar programación en 2026

Redacción El Día de Higueras
Las HiguerasEl miércoles

La Cámara de Industriales Metalúrgicos de Río Cuarto, Fundación Mirgor y ADIMRA realizaron un encuentro con la comunidad educativa del C.E. Jorge A. Newbery de Las Higueras —la única escuela primaria del sur cordobés incluida en esta iniciativa— para compartir avances de la capacitación en programación y robótica. Participaron inspectoras, directivos y docentes que próximamente implementarán proyectos interdisciplinarios en el aula.

BUEN TRATOS (3)

“Sembramos Buen Trato”: una jornada para fortalecer la convivencia en las aulas

Redacción El Día de Higueras
Las HiguerasEl martes

En el marco del 25N, la Lic. Ana Luz Pomilio del Área de Desarrollo Social y las docentes de los cuatro sextos grados compartieron sus miradas sobre el taller “Sembramos Buen Trato”, una propuesta del Equipo Interdisciplinario Municipal que invitó a los niños y niñas del Centro Educativo Jorge Newbery a reflexionar sobre vínculos respetuosos, empatía e igualdad.

WhatsApp Image 2025-11-23 at 12.16.59

Arranca el tendido de fibra óptica en Mujeres Argentinas: tras años de pedido, la obra entra en su etapa decisiva

Redacción El Día de Higueras
Las HiguerasEl lunes

La Cooperativa, a travès de la empresa Boiero, comenzará el próximo martes el cableado aéreo en el barrio, luego de completar el posteo semanas atrás. La instalación fue habilitada mediante un decreto del intendente Gianfranco Lucchesi, emitido tras la propuesta técnica de la Cooperativa y el contundente aval de los vecinos en la encuesta realizada. La obra permitirá llevar internet estable y TV por streaming a más de 200 hogares ya habitados y a otro centenar en construcción.

Lo más visto
ANSESS

ANSES oficializó los aumentos para jubilaciones, pensiones y asignaciones desde diciembre

Redacción El Día de Higueras
NacionalesAyer

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó este jueves los incrementos que comenzarán a regir en diciembre para jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares. Las actualizaciones, formalizadas mediante las resoluciones 359/2025 y 361/2025, responden a la fórmula de ajuste mensual basada en la evolución del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) elaborado por el INDEC.

DE OLIVERA ..

Sergio Nicolás De Olivera Q.E.P.D.

Redacción El Día de Higueras
NecrológicasAyer

Falleció este miércoles 27 de noviembre a la edad de 6 años. Sus restos serán sepultados este jueves 28 a las 9:00 hs. en el Cementerio de Las Higueras. Casa de Duelo: Sarmiento 244. Comunicó Servicios Sociales Cooperativa de Electricidad, Obras y SP Ltda. Las Higueras

#TodasLasVoces