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El Gobierno fijó el nuevo salario mínimo: llegará a $437.000 en abril de 2027

El nuevo esquema establece aumentos escalonados desde septiembre y llevará el salario mínimo hasta $437.000 en abril de 2027. Conocé cuánto cobrarán los trabajadores mes a mes y qué pasará con la prestación por desempleo.
Nacionales02 de septiembre de 2026Redacción El Día de HiguerasRedacción El Día de Higueras
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El Ejecutivo estableció por resolución una actualización escalonada del Salario Mínimo, Vital y Móvil desde septiembre de 2026 hasta abril del próximo año. La medida fue tomada luego de que sindicatos y empresarios no alcanzaran un acuerdo en el Consejo del Salario.

El Gobierno nacional fijó los nuevos valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que tendrán aumentos escalonados desde septiembre de este año hasta abril de 2027. La actualización fue establecida a través de la Resolución 4/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, luego de que no se alcanzara un consenso entre las organizaciones sindicales y empresarias en el Consejo del Salario.

De esta manera, el salario mínimo para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa pasará de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril de 2027.

El esquema contempla incrementos progresivos durante los próximos meses. En septiembre el monto será de $383.800; en octubre ascenderá a $391.200; en noviembre llegará a $398.800 y en diciembre será de $406.400.

La actualización continuará en 2027 con un salario mínimo de $414.200 desde enero, $422.000 en febrero, $429.600 en marzo y finalmente $437.000 desde abril.

También aumenta el valor de la hora

Para los trabajadores jornalizados, el valor de la hora seguirá la misma evolución. En septiembre será de $1.919, mientras que pasará a $1.956 en octubre, $1.994 en noviembre y $2.032 en diciembre.

A partir de 2027, el valor será de $2.071 en enero, $2.110 en febrero, $2.148 en marzo y $2.185 en abril.

La resolución alcanza a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y organismos y entidades del Estado nacional que actúen como empleadores.

En los casos de jornadas reducidas o contratos de tiempo parcial, el salario será percibido de manera proporcional. Las asignaciones familiares, en tanto, quedan excluidas del cálculo.

Qué pasa con la prestación por desempleo

La resolución también establece un nuevo criterio para la prestación por desempleo contemplada en la Ley 24.013.

El beneficio será equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador durante los seis meses anteriores al cese laboral.

A su vez, la prestación tendrá como referencia el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente: no podrá ser inferior al 50% del salario mínimo ni superar el 100% de ese mismo valor.

Una decisión tomada sin acuerdo

La actualización fue definida por el Poder Ejecutivo después de que la última reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil terminara sin consenso entre las partes.

En ese encuentro, las centrales sindicales habían planteado llevar el salario mínimo a $911.000 en julio y $993.000 en diciembre, tomando como referencia el valor de la canasta básica familiar.

La propuesta quedó lejos de los valores finalmente establecidos por el Gobierno, que volvió a definir los montos mediante resolución ante la falta de acuerdo.

El Salario Mínimo, Vital y Móvil funciona como piso legal para los trabajadores alcanzados por la normativa y también constituye una referencia para distintas prestaciones, programas y beneficios sociales.

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