Crean la Unidad de Multa Municipal y la Hora de Trabajo Comunitario

Se regirá al igual que Unidad Fija de Multa de la provincia que establece su monto en el precio mínimo del litro de nafta súper en el mercado. Del mismo modo, la Hora de Trabajo Comunitario para quienes no puedan afrontarla. En este sentido las sesiones del Concejo Deliberante se adecuaron y actualizaron las ordenanzas relacionadas con la tenencia de equinos, los días de baldeos y el mantenimiento de sitios baldíos y sus respectivas multas por incumplimiento.

Con la presencia de los concejales del oficialismo: Rebeca Arcángel. Sebastián Toledo, Rodrigo Berardo y Vanina Yachino; por la primera minoría, Mabel Zachetti y Sergio San Martín; y por la segunda minoría, Marcelo Albelo; se llevó adelante una nueva sesión ordinaria del Concejo Deliberante de Las Higueras el martes por la noche. Entre otros temas se aprobaron adecuación y actualizaciones de ordenanzas vinculadas a cuestiones de convivencia ciudadana y que requieren una conformación de un sistema de castigo de penalidad para que el Juzgado de Faltas instrumente.

Por esto, además de los mencionados temas vinculados el proyectos de ordenanza que marcó el hilo conductor de la orden del día fue la creación de la Unidad de Multa Municipal, basada en la Unidad Fija de Multa que aplica el gobierno provincial establecida en el artículo 121 de la Ley Provincial de Transito Numero 8560, y que funda su monto en el precio mínimo del litro de nafta súper en el mercado, conforme a lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC).

Para la Unidad de Multa Municipal el precio de referencia del litro de Súper se tomará de la estación de servicio YPF del Automóvil Club Argentino de Río Cuarto.

Además, dentro de la misma ordenanza aprobada de manera unánime se constituyó «la Hora de Trabajo Comunitario», para ser aplicada por el Juzgado de Faltas, cuando los infractores no puedan afrontar la sanción económica debido a su situación social y financiera corroborada por el Área de Acción Social de a Municipalidad.

Cada hora de Trabajo Comunitario será equivalente a 4 Unidades de Multa Municipal y se cumplirá con mínimo de 2 horas diarias y a partir de un tiempo no mayor a 10 dias desde la sentencia firme.

En el proyecto se describen tareas como: barrido de calles, veredas y cordón cuneta, limpieza de espacios públicos como recolección de residuos livianos (ramas pequeñas, papeles, bolsas, etc.), jardinería comunitaria, pintura de juegos, postes o cordón. Colaboración y participación en copas de leche u organismos benéficos similares. Los elementos necesarios para la realización de cualquiera de estas actividades serán provistos por el Municipio.

Otros proyectos aprobados

Además de la actualización del Registro Municipal de Equinos, se estableció que sólo se permitirá el baldeo de patios internos, veredas y frentes, los días miércoles y sábado. Excepto en los locales comerciales que podrán realizar dicha tarea los días domingo por la mañana.

Se prohíbe el uso de mangueras para tal procedimiento y el lavado de vehículos de todo tipo en la vía pública, solo podrán utilizarse hidrolavadora.

Las sanciones oscilarán entre 20 y 50 Unidades de Multa Municipal.

Del mismo modo, en la actualización de la ordenanza respecto a los terrenos baldíos se menciona que en el caso de que el propietario persista con el incumplimiento de las obligaciones establecidas, después de haber sido notificado, se aplicarán sanciones entre 50 y 150 unidades de Multa Municipal.

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