Cambios en ganancias para empleados y jubilados

Los trabajadores que ganen por debajo de $ 150.000 brutos dejarán de pagar ganancias, así lo establece la Ley 27.617 recientemente sancionada en el Congreso que introduce modificaciones a la Ley de Impuesto a las Ganancias. Sobre la misma, escribe la Contadora Silvina Lepori.

El pasado 8 de Abril, el Congreso Nacional sancionó la Ley 27.617 que introduce modificaciones a la Ley de Impuesto a las Ganancias, noticia que implica importantes beneficios para empleados y jubilados, a quienes se les viene reteniendo ganancias en sus haberes.

La nueva ley, si bien, no actualiza el importe del mínimo no imponible, ni de las deducciones personales en forma general para todos los trabajadores, establece nuevos parámetros, para aliviar la carga impositiva de quienes perciben sueldos más bajos:

·         Para aquellos empleados cuya remuneración bruta (sin descuentos) no supere la suma de $ 150.000 mensuales, no tendrán más retenciones al impuesto a las ganancias.

·         Para aquellos cuya remuneración esté entre $ 150.000 y $ 173.000 se establecerá una deducción especial, para que arroje un menor impuesto.

Por otra parte, se introducen otras modificaciones, entre ellas: se permite la deducción por concubino cualquiera fuera su sexo; se duplica la exención por hijo/a discapacitado; no se pagará impuesto por los aguinaldos de aquellos que perciban una remuneración bruta menor a $ 150.000; los jubilados que perciban hasta 8 jubilaciones mínimas no pagará impuesto a las ganancias.

Como dato importante, cabe mencionar que la ley tiene efectos a partir de Enero 2021, por lo que a los empleados se les deberá realizar los ajustes correspondientes, y en caso de corresponder- devolver lo retenido de más. Esto se llevará a la práctica en los próximos días cuando la ley sea reglamentada, es decir cuando se establezcan las precisiones respecto de su aplicación.

Si bien la ley no genera una modificación estructural del impuesto, implica una menor carga impositiva para muchos empleados que vienen sufriendo retenciones de ganancias en sueldos que no pueden ser considerados elevados dada la situación económica actual.

 Cra. Silvina Lepori // MP: 50-01454-1

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