


Devolución del IVA: ¿Qué comercios están adheridos? ¿cuándo se efectiviza el reintegro? ¿Estoy apto?
Redacción El Día de Higueras


El programa “Compre sin IVA”, por el que se devuelve el 21% del ticket final en las compras de productos de consumo masivo hechas con tarjeta de débito, está vigente desde el pasado lunes 18 de septiembre. Sin embargo, los reintegros en las cuentas todavía no se concretaron. Los bancos estiman que este viernes 22 comenzaría a hacerse operativa la medida.
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¿Cómo saber si un comercio participa en "Compra sin IVA"?


Según la disposición oficial, todos los comercios minoristas y mayoristas registrados en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) forman parte de esta medida. En consecuencia, en los locales registrados que vendan artículos de la canasta básica, se podrá acceder a este beneficio.
Es importante destacar que los comercios no deben aplicar un descuento en el pago final. El Estado reintegrará la cantidad en un plazo de 24 a 48 horas después de realizada la compra. Por lo tanto, al llegar a la caja, se pagará el mismo monto por el producto. Este monto se puede complementar con otros descuentos y promociones vigentes.
¿Qué hacer si un comercio no acepta tarjetas de débito como forma de pago?
Si un comercio no cuenta con un terminal de tarjeta de débito o no acepta este medio de pago, se puede denunciar a la AFIP a través del teléfono móvil.
Para ello, se puede escanear con un smartphone el código QR que suele encontrarse en la puerta o cerca de la terminal de pago de los locales. Este código se muestra como "Formulario 960 - Data fiscal del local".
Al escanearlo, se puede completar automáticamente la información necesaria para iniciar el proceso.
Además, existen otras opciones para denunciar el incumplimiento de un comercio:
- A través del sitio web de AFIP, donde debes ingresar el CUIT del comercio.
- Utilizando la aplicación "Mi AFIP".
- Llamando al teléfono 0800-999-3368.
En los últimos días, la agencia llevó a cabo operativos masivos en 1,473 carnicerías y verdulerías, 633 panaderías y 2,418 comercios de proximidad para verificar que cuenten con medios electrónicos y así permitir que los consumidores accedan a los reembolsos establecidos.
Por lo tanto, puedes comprar para luego recuperar el IVA en:
- Productos lácteos.
- Aves, huevos, productos de granja.
- Frutas, legumbres y hortalizas frescas.
- Pan, productos de confitería y pastas frescas.
- Azúcar.
- Aceite y grasas.
- Café, té, yerba mate y otras infusiones, especias y condimentos (incluida la sal).
- Productos y subproductos de molinería.
- Frutas, legumbres y cereales secos y en conserva, así como frescos.
- Venta al por mayor de productos alimenticios.
- Fiambres y embutidos.
- Carnes rojas, menudencias y chacinados frescos, y pescados.
- Productos de almacén y dietéticos.
- Productos farmacéuticos y de herboristería.
- Cosméticos, productos de tocador y perfumería.
Fuente: Ambito


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