


Netflix, Spotify, Amazon y todos los consumos afectados por la unificación del dólar solidario, Qatar y tarjeta
Redacción El Día de Higueras


Con la unificación del dólar Qatar, tarjeta y solidario, todos los consumos con tarjeta de débito o crédito en el exterior quedaron afectados. Esto incluye el pago de la suscripción a las plataformas de streaming como Netflix, Spotify o Amazon, ya que al haberse elevado las percepciones del 5% al 25% en todos los casos, las tarifas de estos servicios serán más caras.
Cuánto aumentarán Spotify, Netflix, y los servicios de streaming
Con la medida, publicada en el Boletín Oficial de este martes, los tres tipos de cambio quedaron en $731, lo que significa un aumento de entre el 10 y 14% respecto a lo que cotizaban al cierre de este lunes.


Sin embargo, al medir el impacto que tendrá esta suba en las tarifas de los servicios de streaming, el aumento de los abonos será de hasta el 16%.
Hasta ahora, la suscripción a Netflix, Spotify o cualquiera de estas plataformas se pagaba bajo un regimen especial. Al dólar oficial se sumaba un 8% de Impuesto PAIS, un 45% de Ganancias y un 5% de Bienes Personales. Desde hoy, si bien el porcentaje del Impuesto PAIS se mantiene (en 8%), la suba de la percepción del 5% hasta el 25% implica necesariamente un aumento en las tarifas que pagan los usuarios.
En rigor, la cotización bajo la que se pagarán los servicios de streaming se compondrá de la siguiente manera: dólar oficial + 8% de Impuesto PAÍS + 45% de Ganancias + 25% de Bienes Personales.
Así, con los valores actuales, estas tarifas se pagan a un valor de $650,59 por dólar. Tal como sucedía hasta ahora, los contribuyentes que no estén alcanzados por estos tributos podrán exigir a AFIP la devolución al finalizar el ejercicio fiscal.
La nueva cotización unificada aplica, según la normativa vigente, para la compra de dólar ahorro (con el cupo de 200 dólares); los pagos con pesos de los consumos de las tarjetas realizados en moneda extranjera sin importar el monto mensual; los pagos con pesos de servicios en el exterior contratados por agencias de viajes y turismo del país; los pagos con pesos de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática con destino fuera del país (excepto el transporte terrestre de pasajeros a países limítrofes); y el pago con pesos de importación de determinados productos suntuarios.
Por lo tanto, los servicios de streaming quedan incluidos, pero como permanecían bajo el regimen especial mencionado, sufrirán el impacto de la disposición del Gobierno pero en menor medida que el resto de los gastos vinculados a la divisa extranjera.


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