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Condenan a dos contadoras por tráfico de influencias

La Cámara 10ª del Crimen y Correccional de Córdoba con jurados populares condenó por unanimidad a dos contadoras tras hallarlas culpables del delito de tráfico de influencias. Ambas profesionales recibieron dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.

Provinciales26/09/2024Redacción El Día de HiguerasRedacción El Día de Higueras

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JUSTICIA CBA
Inhabilitan para ejercer cargos públicos a dos contadoras condenadas por tráfico de influencias

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Las profesionales hicieron valer indebidamente su influencia ante funcionarios públicos para acelerar trámites iniciados en Rentas. A cambio obtuvieron beneficios económicos.

El delito de tráfico de influencias está contemplado en el artículo 256 bis del Código Penal, que establece penas de entre 1 y 6 años de prisión, además de la inhabilitación para ocupar cargos públicos, a quienes reciban dinero u otros beneficios para influir indebidamente en funcionarios públicos, ya sea para que realicen, demoren o dejen de realizar alguna acción relacionada con sus funciones.

El magistrado Carlos Palacio Laje impuso para Verónica Elena Maidana y Marcela Antonia Pivetta a dos años y 6 meses de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.

De acuerdo con la acusación presentada por el fiscal de cámara Gustavo Arocena, Maidana, quien se desempeñaba en el Departamento de Actualización del Contribuyente de la Dirección General de Rentas de la Provincia, utilizó de manera indebida su influencia para acelerar dos trámites iniciados por la Federación de Bioquímicos de la Provincia. Estos trámites incluían la renovación de una exención y la devolución de impuestos mal liquidados en concepto de Ingresos Brutos.

A cambio de sus gestiones, Maidana recibió una estadía en un hotel spa ubicado en las sierras de Córdoba y una parte del dinero que Rentas debía restituir a la Federación. En estas negociaciones también participó la contadora Pivetta, con quien Maidana tenía una relación laboral previa y de confianza.

Si bien la sentencia de prisión fue aplicada en suspenso, la ejecución de la pena quedó supeditada al cumplimiento de una serie de reglas de conducta. Las condenadas deberán evitar cometer nuevos delitos, mantener sus domicilios actualizados y realizar tareas comunitarias no remuneradas, al menos ocho horas por mes, en beneficio de alguna entidad pública o privada, según lo disponga el Patronato del Liberado de Córdoba.

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