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Reforma laboral: quedó reglamentado el nuevo sistema para el pago de indemnizaciones

La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial y forma parte de la Ley de Modernización Laboral. El nuevo esquema establece la creación de fondos específicos para garantizar el pago de indemnizaciones a trabajadores registrados del sector privado.
Nacionales01 de junio de 2026Redacción El Día de HiguerasRedacción El Día de Higueras
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El Gobierno nacional reglamentó este lunes el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta incorporada en la Ley de Modernización Laboral que modifica el mecanismo de cobertura de las indemnizaciones laborales para trabajadores registrados del sector privado.

La medida fue oficializada mediante una serie de decretos publicados en el Boletín Oficial y establece la creación de fondos administrados por entidades autorizadas, destinados a asegurar el pago de indemnizaciones en casos de desvinculación laboral.

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Según la normativa, el régimen alcanzará a empleadores del sector privado, con excepción de las relaciones laborales expresamente excluidas por la ley y de todo el ámbito del empleo público. Para acceder a la cobertura, los trabajadores deberán haber sido registrados correctamente y contar con una antigüedad mínima de doce meses previos a la finalización de la relación laboral.

El nuevo sistema prevé que cada empleador abra una cuenta individual en fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros autorizados por la Comisión Nacional de Valores. A través de estas cuentas se realizarán aportes mensuales destinados a conformar el fondo que cubrirá futuras obligaciones indemnizatorias.

La reglamentación también establece que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de derivar las contribuciones mensuales a las cuentas correspondientes, integrando el sistema a la declaración unificada de la seguridad social. En caso de que un empleador no informe la entidad elegida dentro del plazo establecido, la CNV asignará de oficio un fondo para garantizar la continuidad del régimen.

Entre los beneficios previstos, los aportes realizados serán deducibles del Impuesto a las Ganancias y permitirán una reducción equivalente en las contribuciones patronales, salvo en situaciones específicas contempladas por la normativa.

Cuando se produzca una desvinculación laboral alcanzada por el sistema, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica. Posteriormente, la entidad administradora verificará los datos correspondientes y transferirá directamente al trabajador el monto indemnizatorio en un plazo máximo de cinco días hábiles. No obstante, la responsabilidad por el cálculo correcto de la indemnización seguirá siendo exclusiva del empleador.

El decreto también contempla mecanismos de portabilidad para trasladar los fondos entre distintas entidades habilitadas y regula los procedimientos aplicables en casos de reorganizaciones empresariales, cesión de personal o transferencia de establecimientos.

Por otra parte, se establecieron sanciones para los empleadores que incumplan con la obligación de realizar los aportes al FAL. Las multas serán ejecutadas por ARCA y los recursos obtenidos se destinarán al financiamiento de los subsistemas de la seguridad social.

Con esta reglamentación, el Gobierno pone en marcha uno de los aspectos centrales de la reforma laboral aprobada este año, buscando garantizar la disponibilidad de recursos para afrontar indemnizaciones y otras obligaciones laborales mediante un sistema de fondos previamente constituidos.

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