
Cómo anotarse en los Créditos a Tasa Cero para monotributistas
Redacción El Día de Higueras


El Gobierno, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), relanzó los créditos a tasa 0% para monotributistas, por un monto de hasta $150.000 dependiente de la categoría. Habrá un plazo de seis meses para empezar a pagarlo y se podrá hacer en hasta 12 cuotas. Desde la AFIP, organismo que está a cargo de Mercedes Marcó del Pont, informó que la posibilidad de solicitar un Crédito a Tasa Cero estará habilitada a partir de fines de agosto.
Características


- Créditos por hasta $150.000 para más de 1 millón de monotributistas de todo el país.
- Los créditos están garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitarán a través de la página web de la AFIP.
- Los préstamos se acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista.
- Los préstamos contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses.
Categoría “A”: hasta $90.000
Categoría “B”: hasta $120.000
Resto de las categorías: hasta $150.000
¿Cuándo podré inscribirme?
- A partir de la última semana de agosto los y las monotributistas podrán solicitar los Créditos a Tasa Cero 2021 a través del sistema en la página web de la AFIP.
En la web de AFIP se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”.
En la web se visualizará si el/la contribuyente califica para solicitarlo y el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría. Deberá seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.
Quienes hayan accedido a un Crédito a Tasa Cero el año pasado podrán tramitar un nuevo préstamo en 2021. Cuando el solicitante se encuentre en situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito a cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.
Requisitos
Estar adheridos al monotributo y cumplir las condiciones establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo
No percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación, y no prestar servicios al sector público (es decir, cuando al menos el 70% de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público)
No estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central
Los beneficiarios no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera, ni canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.


El Gobierno oficializó la disolución de IOSFA y limitará el traspaso de trabajadores

Diputados dio media sanción a una nueva ley de discapacidad con 237 votos a favor

Diputados aprobó la restitución de la Ley de Tierras y el proyecto vuelve al Senado

Aprueban un nuevo régimen de retiro voluntario para empleados públicos nacionales

OSFA asume la atención médica de las Fuerzas Armadas

El Gobierno extendió los subsidios energéticos para atenuar los aumentos de octubre

Zonas Frías: qué cambia para Córdoba y qué pasa con el subsidio al gas



Denuncian el cierre de OSFA en Río Cuarto y el despido de ocho trabajadores

"Si uno tiene sueños siempre puede armar un plan para concretarlos"

Los F-16 ya forman parte de una nueva etapa para la aviación de combate argentina

Estudiantes de Alta Gracia desarrollan un guante inteligente para Parkinson y artritis








