El Gobierno reglamentó la ley de cannabis: se podrá producir y consumir desde alimentos hasta cosméticos
Este lunes en el Boletín Oficial se publicará el Decreto Presidencial que reglamenta la ley 27.669 para la producción industrial de cannabis y permitirá al Estado otorgar licencias para la puesta en marcha de un nuevo sector de la economía nacional. Desde la Agencia Regulatoria esperan generar 10 mil puestos de trabajo. Qué tipos de licencias se otorgarán y cuánto THC estará permitido
La ley, sancionada en mayo de 2022, tiene por objeto establecer la cadena de producción y comercialización local o con fines de exportación de la planta, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial.
En el Gobierno nacional estiman, con optimismo, que la industria cannábica generará en los primeros años unos 10 mil puestos de trabajo para una demanda de aproximadamente seis millones de usuarios de esta planta milenaria, y esa cifra solo apunta a los fines medicinales. Prometen, también, que tendrán prioridad las pequeñas y medianas empresas, las cooperativas y las economías regionales.
La idea es otorgar al menos unas 80 licencias antes de fin de año a través de la Ventanilla Única de la Agencia Regulatoria del Cannabis (ARICCAME), conformada por esta ley pero ya en funcionamiento desde enero de 2023.
El THC legal
La mayor novedad del marco regulatorio es que considera “cannabis psicoactivo” aquellas plantas con flores secas que superen en su composición química el 1% de tetrahidrocannabinol (THC), por lo tanto, hasta ese porcentaje es legal a partir de ahora la fabricación de productos a base de la sustancia, sin entrar en conflicto con la legislación penal ni con las normativas internacionales y sin tener que pasar por la aprobación de la Agencia Nacional de Medicamentos (ANMAT) a través de una nueva categoría, la llamada “vegetal”, para productos que no sean de grado médico.
El THC es la principal molécula psicoactiva de la cannabis sativa. Y es por este componente que la ley de drogas prohíbe la tenencia y cultivo de marihuana (y sus semillas) para uso adulto, excepto a las personas y ONG’s que estén inscriptas en el Reprocann -el registro de usuarios medicinales a cargo del Ministerio de Salud creado en 2021-, quienes pueden tener hasta nueve ejemplares en flor y transportar hasta 40 gramos de cogollos y un máximo de 6 unidades de goteros de 30 mililitros.
Las autorizaciones para particulares otorgadas por Salud no proponen un límite para el THC. Es decir, la marihuana que los usuarios producen en sus casas -ilegalmente o autorizados por el Reprocann- para uso medicinal o uso adulto (mal llamado “recreativo”) contiene mucho más que 1% de tetrahidrocannabinol.
Según lo establece el reglamento de la ley, la ARICCAME tendrá la potestad de actualizar esa proporción según se avance con nuevos modelos de legislación, o descubrimientos científicos, tecnológicos e industriales. También podrá establecer categorías especiales por sobre el índice fijado, de acuerdo al destino de la producción.
La discusión sobre el THC en la producción para uso “industrial u hortícola” fue una de las razones por las cuales se demoró la firma del decreto, originalmente prevista para abril pasado. Hubo objeciones pero finalmente ganó la postura de conservar esta proporción. Además, respecto del borrador original que llegó a Rosada, se dispuso mayor intervención en el proceso de licencias de otros organismos públicos, como el INTA, el Instituto Nacional de Semillas o el SENASA, entre otros.
Cómo tramitar la licencia para producir cannabis legal
Como autoridad de aplicación de la ley la Agencia definirá las especificaciones y regulación de lo que se considera “producto derivado” del cannabis: medicinal humano, veterinario, nutricional, cosmético, industrial, de sanidad y fertilidad vegetal, pero la propia reglamentación deja abierta la puerta para nuevas funcionalidades, “que surjan a partir de la investigación científica y el desarrollo tecnológico e industrial”. Por caso, la semilla como alimento o el aceite que se extrae de esta es rico en Omega 3, 6 y 9. Y la fibra, como material textil puede reemplazar otros que son contaminantes.
La ley establece una Ventanilla Única para tramitar las autorizaciones y licencias para realizar las operaciones de cultivo, cosecha, almacenamiento, fraccionamiento, procesamiento, producción industrial, transporte y distribución, comercialización, y cualquier otra actividad económica que integre la cadena productiva del cannabis, de la planta de cannabis, de las semillas y productos derivados con fines medicinales, industriales y de investigación.
Aunque el trámite se hará a través de la ARICCAME, los organismos públicos como INTA, INASE o ANMAT deberán dar su aprobación a los proyectos sobre los que tengan competencia. Tendrán un plazo máximo de 25 días para elevar sus informes sobre cada pedido.
Salud, junto a Ciencia y Tecnología, Seguridad y Economía, es parte de los ministerios que tienen silla en el Directorio de ARICCAME. Dentro del marco de sus responsabilidades y funciones, el Directorio tendrá la tarea de establecer en la normativa correspondiente las condiciones generales y específicas para evaluar las solicitudes de autorizaciones y licencias presentadas.
Además de los criterios establecidos por la ARICCAME, se dará prioridad en los procedimientos de evaluación y adjudicación de licencias y/o autorizaciones a empresas cuya mayoría o totalidad del capital social provenga de fuentes nacionales. También se considerará la coincidencia de la sede social con la jurisdicción en la que se realiza la actividad económica objeto de la solicitud.
Asimismo, se dará prioridad si el 50 por ciento o más de los roles de toma de decisiones, como la presidencia, administración, dirección y gerencias, están ocupados por mujeres o personas trans, y que la mitad o más de los puestos de trabajo del personal sean ocupados por mujeres u otras personas con identidades no binarias.
Todas las licencias tendrán una validez mínima de cinco años y serán renovables. Habrá siete tipos de licencia: de criadero, multiplicación y cultivo; de servicios logísticos (transporte, distribución, almacenamiento, envasado, entre otros); producción de derivados; comercialización de semillas, plantines y esquejes y flores; para estudios y pruebas analíticas; y de comercio exterior.
La ARICCAME es un organismo descentralizado, bajo la órbita del Ministerio de Economía, que articula las acciones con todas las provincias de la Argentina. La reglamentación establece la creación del Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal, que estará constituido por un representante de la Nación y uno por cada provincia y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fuente Infobae
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