"Registradas", el programa que apunta a reducir la informalidad en el servicio doméstico

El Gobierno nacional oficializó este martes en el Boletín Oficial la creación del Programa de Recuperación Económica, Generación de Empleo e Inclusión Social para las Trabajadoras y los Trabajadores de Casas Particulares, denominado "Registradas", que busca recuperar empleos perdidos durante la pandemia del coronavirus, apoyar a las empleadoras y los empleadores, y contribuir a una mayor formalización en el sector. Conocé todos los requisitos

Este lunes al mediodía el gobierno nacional puso formalmente en marcha el Programa "Registradas", que busca incentivar la registración de empleadas de casas particulares a través de distintos beneficios, entre los que se destaca el pago de hasta el 50 por ciento del salario de las nuevas trabajadoras durante un plazo de seis meses. La inscripción permanecerá abierta desde octubre y hasta el 31 de diciembre a través del sitio web de la AFIP. 

Por medio del decreto 660/2021, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los ministros de Trabajo, Claudio Moroni, y de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, se dispuso así la creación del programa de incentivo a la formalización en el sector, anunciado ayer por el presidente Alberto Fernández.

La inscripción al programa deberá ser solicitada por el empleador y estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2021. En principio, se inscribirá a la trabajadora en la AFIP y se pagarán los aportes y contribuciones. Luego, se realizará la apertura automática de una cuenta sueldo gratuita en el banco Nación y el Estado le transferirá entre el 30 y el 50% del salario.

Para el trabajador, el beneficio no es contradictorio con la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, el Progresar, el Potenciar Trabajo o la Tarjeta Alimentar.

Quienes quieran acceder a los beneficios de esta iniciativa conjunta de los ministerios de las Mujeres, Economía, Trabajo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) podrán inscribir a las nuevas trabajadoras a partir del primero de octubre y durante tres meses, hasta el 31 de diciembre, cuando concluya la vigencia del programa, en el que el Gobierno espera que se anoten como mínimo 90.000 trabajadoras de casas particulares.

La ministra de las Mujeres, Elizabeth Gómez Alcorta señaló que el Estado nacional pagará una parte del sueldo de la trabajadora (por un monto de hasta 15.000 pesos) durante seis meses, mientras la parte empleadora deberá registrarla, pagar sus aportes, contribuciones, ART y el porcentaje del sueldo restante, siempre comprometiéndose "a mantener la ocupación durante cuatro meses más luego de concluir" el plazo del Programa, explicó.

Tampoco se podrá despedir a una trabajadora registrada para volverla a contratar y el salario deberá depositarse obligatoriamente en una cuenta bancaria.

El aporte del Estado será de un 50 por ciento de la remuneración neta mensual mínima cuando "la parte empleadora tengan un ingreso bruto mensual inferior al 70 por ciento del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias que actualmente es de 117.374 pesos". En cambio, será de un 30 por ciento, cuando la parte empleadora cuente con un ingreso bruto mensual que esté comprendido entre el 70 y el 100 por ciento del mínimo no imponible.

Cómo acceder al programa


Para poder acceder a la política, la parte empleadora deberá percibir ingresos mensuales inferiores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, y será la responsable de afrontar el porcentaje restante del sueldo, los aportes, las contribuciones y de la cuota de la ART de la trabajadora inscripta o del trabajador inscripto, según se informó oficialmente.

Quienes presten servicios en casas particulares, deberán trabajar como mínimo 12 horas semanales y podrán estar inscriptos únicamente con un solo empleador. Tampoco podrán estar inscripto dos veces al programa

La medida se aplicará a aquellas relaciones laborales nuevas con personal de casas particulares, y el empleador o empleadora deberá mantener el puesto de trabajo los cuatro meses posteriores a la finalización del beneficio.

Cuando el empleador o empleadora dé el alta a la nueva trabajadora en la AFIP, el Estado creará una cuenta sueldo en el Banco de la Nación Argentina para ella y transferirá allí, de manera mensual, un porcentaje del salario neto declarado (30 o 50 por ciento según corresponda), por un monto de hasta 15.000 mensuales.

El porcentaje del sueldo que paga el Estado dependerá del ingreso mensual de las y los empleadores.

Además, para poder solicitarlo, durante los 12 meses anteriores a la entrada en vigencia del decreto, el empleador o empleadora debe haber percibido en promedio mensual ingresos brutos de cualquier naturaleza iguales o inferiores al mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, es decir 175 mil pesos.

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