


Monotributo: Habilitaron la recategorización hasta el 29 de julio
Redacción El Día de Higueras


La recategorización semestral del monotributo consiste en la evaluación de la actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la categoría en la que se encuentran o modificarla.
La medida, que se puso en vigencia desde este lunes y permanecerá abierta hasta el 29 de julio próximo, tiene como objetivo garantizar que las y los monotributistas accedan a los beneficios de la ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos, sancionada por el Congreso y promulgada por el Gobierno, que beneficiará a 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos.
Establece en el “ARTÍCULO 7°.- La recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2022 podrá efectuarse a partir del 11 y hasta el 29 de julio de 2022, ambas fechas inclusive.”


Y en su artículo 8 dispone que para el pago de la obligación mensual de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) correspondiente al período devengado julio de 2022, se podrá efectuar hasta el 27 de julio de 2022, inclusive.
Cabe mencionar que están vigentes los nuevos parámetros de ingresos brutos anuales previsto en el artículo 1° de la Ley N° 27.676, junto con los restantes parámetros previstos en el artículo 8º del citado Anexo, actualizadas para cada categoría.
Por su parte, la ley amplió los límites de facturación máxima por categoría del monotributo, permitiendo que, de corresponder, los monotributistas permanezcan en los niveles actuales sin ver incrementados los valores de sus obligaciones mensuales.
Aportes Cdra. Virginia Roccia - 358 4362530


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