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AFIP extendió el plazo de recategorización del monotributo

Nacionales 20 de enero de 2023 Por Redacción El Día de Higueras
La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el día 27 de enero de 2023, inclusive, el plazo establecido para realizar la recategorización del Monotributo correspondiente al semestre julio/diciembre de 2022

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AFIP extendió hasta el 27 de enero inclusive los plazos de recategorización del Monotributo

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Desde el organismo conducido por Carlos Castagneto explicaron que “razones de administración tributaria aconsejan extender el plazo establecido para efectuar la recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2022″, con lo cual esta madrugada se oficializó la prórroga del trámite por una semana más.

Este viernes en el Boletín Oficial se publicó la Resolución General 5318/2023, mediante la que el organismo recaudador extendió hasta el día 27 de enero de 2023, inclusive, el plazo establecido para “cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2022″.

Fue a través de un comunicado que la AFIP recordó que desde el 1 de enero comenzaron a regir las nuevas escalas, por lo que los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda.

¿En qué casos se debe recategorizar? 

Para saber si debemos o no que recategorizar, hay que tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica. Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

En tanto que aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción. Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización, aclaró el organismo.

El Paso a Paso

Para comenzar el trámite se debe ingresar con CUIT y clave fiscal en monotributo.afip.gob.ar para luego revisar los datos de la categoría y la tabla de escalas vigente, además de completar el monto de facturación y la información del lugar, y finalmente confirmar la categoría.

A través del portal Monotributo, pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota y el monto a abonar, que podrá realizarse desde un volante electrónico de pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.

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